El suscriptor solicita el ingreso de las personas detalladas en el párrafo que antecede a la Mutual de Apoyo Solidario de Servicios Fúnebres (Reg. Nacional de Mutualidades – Matrícula Sta. Fe Nº 598) través de CIBA SRL en su condición de Gestora, y en consecuencia, toma conocimiento y acepta las disposiciones reglamentarias generales y particulares del plan suscripto, cuyas copias se ponen a disposición de los asociados en el momento de la aceptación e incorporación.
La aceptación e incorporación a la Mutual se perfeccionará a partir de la emisión de la primera cuota mensual, generando así derechos y obligaciones para las partes intervinientes.
Vigencia: Grupo Familiar: hasta 65 años: 8 meses | de 66 a 75 años: 12 meses Individuales: hasta 75 años: 12 meses. Según las características del plan elegido.
Declaración Jurada. Reticencia de datos o falsa declaración: El Suscriptor manifiesta, en carácter de Declaración Jurada, la veracidad de los datos filiatorios de las personas cuyo ingreso como socios adherente y participantes postula, así como que los mismos no padecen enfermedad grave, crónica que revista gravedad y que no registran antecedentes clínicos y/o quirúrgicos de la misma índole y reconoce que la omisión y/o falsedad de la información contenida en la misma, deliberada o no y aún de buena fe, producirá la nulidad de la presente solicitud y la pérdida de todos los derechos para los asociados, como así también la aplicación de las sanciones que correspondieren.
Pago de la cuota mensual: El pago de la cuota mensual, deberá realizarse por mes adelantado y se efectivizará en las oficinas de la Gestora de la Mutual de Apoyo Solidario de Servicios Fúnebres, CIBA SRL, Av. Corrientes 1502, Rosario.
La primera cuota vence el día primero del mes inmediato siguiente al de suscripción de la presente solicitud, y las siguientes el día primero de cada mes.
La circunstancia de que CIBA SRL, eventualmente, decidiera tener la deferencia de enviar cobradores a domicilio, no exonera al socio de su obligación de pago con la modalidad y en el tiempo y lugar indicados en el primer párrafo.
Asimismo, aquellos que opten por abonar su cuota mensual a través de débito de su cuenta bancaria ó tarjeta de crédito, si por cualquier razón ó motivo imputable a la responsabilidad del asociado no pudiese efectivizarse, el mismo asume la obligación de abonar los importes correspondientes en cualquiera de los lugares habilitados por CIBA SRL.
Reconocimiento de las Disposiciones Reglamentarias: El suscriptor conoce y acepta las Disposiciones Reglamentarias contenidas en la constancia y anexos y declara haber recibido información cierta, clara y detallada de las características esenciales de los servicios contratados.